La pasada semana se produjo un hito en la vida de DIPr Argentina: en nuestra base de sentencias llegamos al fallo número mil, sí 1.000!!!!
Mil fallos, una enormidad de palabras (si quieren saber cuántas, son 2.611.546); muchas palabras justas, otras tantas de más; fallos que fijaron un criterio y marcaron rumbos, junto con sentencias impresentables, de esas que sólo merecen olvido; fallos de Corte y de juzgados de 1ª instancia; fallos de la justicia “nacional”, pero también de Jujuy y Neuquén. Mil fallos y un sólo denominador común: el Derecho Internacional Privado.
Cuando el 5 de octubre de 2006 –fecha de nacimiento de Fallos DIPr- publiqué el fallo Espósito c. Jocqueviel de Vieu sólo buscaba una forma de hacer más accesible la jurisprudencia obligatoria a los estudiantes que cursaban la materia con nosotros en la UBA y jamás pensé que ese humilde blog se transformaría en lo que es hoy.
En esa época los blogs eran sólo “algo” nuevo que no muchos conocían y menos sabían para qué servían. Así cada vez que decía que tenía un blog debía contestar a la pregunta ¿y eso qué es? Pero el proyecto fue creciendo, lentamente pero sin pausa. Se agregaron sus sitios hermanos –DIPr Argentina y Normas DIPr-; cambiamos varias veces de diseño y plantillas; fuimos incorporando nuevas herramientas; conseguimos sponsor; luego abandonamos nuestra querida dirección blogspot y nos mudamos al dominio propio. Y aquí estamos, 3 años y medio y 999 fallos más tarde.
Creo que los acontecimientos importantes deben ser celebrados y por eso no quería dejar de compartir con mis queridos lectores el orgullo de haber alcanzado tan importante cifra. Nada más, y nada menos.
Saludos y que en el futuro tengamos nuevos motivos de festejo.
Hola, consultita, como podria acceder a los fallos de la pagina??
ResponderBorrarAndo necesitando un fallo actualizado sobre actos ilicitos y realmente no consigo.
Muchas gracias!!!